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A pesar de que la “moratoria de desalojo” en California expiró el 30 de septiembre, los inquilinos que han sufrido impactos económicos debido a la pandemia Covid-19 todavía tienen algunas protecciones contra el desalojo. Las protecciones son diferentes dependiendo de cuándo no pudo pagar el alquiler. Hay 3 períodos distintos de protecciones diferentes Y todavía hay dinero del estado disponible para ayudarlo a pagar las deudas de alquiler. Para solicitar asistencia de emergencia para el alquiler, visite https://housing.ca.gov/covid_rr/index.html
Periodos y protecciones
1 de marzo de 2020 PE 31 de agosto de 2020
Si no pudo pagar en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020 , no puede ser desalojado por no pagar el alquiler si presentó una Declaración de impacto económico de Covid-19 al propietario / administrador de su casa. El propietario / gerente debería haber proporcionado una copia de una Declaración cada vez que exigió el pago por escrito. Debería haber presentado una Declaración por cada vez que exigieron el pago. Si el propietario / administrador de su casa intenta desalojarlo ahora por no pagar el alquiler en este período, aún puede presentar una Declaración al tribunal dentro de los cinco días posteriores a la recepción de la citación y la queja del propietario (papeleo de desalojo inicial) para evitar el desalojo.
1 de septiembre de 2020 PE 30 de septiembre de 2021
Si no pudo pagar en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 , no puede ser desalojado por no pagar el alquiler si:
– presentó una Declaración de Impacto Económico de Covid-19 al propietario / administrador de su hogar Y
– paga el 25% del total del alquiler adeudado en este período.
El propietario / gerente debería haber proporcionado una copia de una Declaración cada vez que exigió el pago por escrito. Debería haber presentado una Declaración por cada vez que exigieron el pago. Si el propietario / administrador de su casa intenta desalojarlo ahora por no pagar el alquiler en este período, aún puede presentar una Declaración al tribunal dentro de los cinco días posteriores a la recepción de la citación y la queja del propietario para evitar el desalojo. Es probable que también tenga que pagar el 25% del alquiler vencido.
Protecciones superpuestas y continuas hasta el 30 de marzo de 2022
¿Qué sucede si no puede pagar el 25% o aún no puede pagar el alquiler adeudado después del 30 de septiembre de 2021? Bueno, no puede ser desalojado por no pagar si:
– tener una solicitud abierta para asistencia de alquiler estatal o una apelación abierta en una solicitud previamente denegada
– la solicitud es para alquiler que vence en cualquier momento entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de marzo de 2022 ,
– y su arrendamiento comenzó antes del 1 de octubre de 2021.
Además, el estado tiene fondos disponibles para pagar hasta tres meses de alquiler que aún no puede pagar. Si hay una solicitud abierta de financiamiento estatal para pagar su alquiler, tenga en cuenta que debe completar su porción a más tardar 15 días (excluyendo fines de semana y feriados) a partir del día en que el dueño de la propiedad complete la suya.
La Declaración del Impacto Económico de Covid-19
La Declaración debe incluir el siguiente texto:
«Actualmente no puedo pagar mi alquiler u otras obligaciones financieras en virtud del contrato de arrendamiento en su totalidad
debido a uno o más de los siguientes:
1. Pérdida de ingresos causada por la pandemia de COVID-19.
2. Aumento de los gastos de bolsillo directamente relacionados con la realización de trabajos esenciales
durante la pandemia de COVID-19.
3. Mayores gastos directamente relacionados con los impactos en la salud del COVID-19
pandemia.
4. Responsabilidades de cuidado de niños o responsabilidades de cuidar a un anciano, discapacitado o
miembro de la familia enfermo directamente relacionado con la pandemia COVID-19 que limitan mi
capacidad de generar ingresos.
5. Aumento de los costos para el cuidado de los niños o la atención de una familia anciana, discapacitada o enferma
miembro directamente relacionado con la pandemia COVID-19.
6. Otras circunstancias relacionadas con la pandemia de COVID-19 que han reducido mi
ingresos o aumento de mis gastos.
Cualquier asistencia pública, incluido el seguro de desempleo, desempleo pandémico
asistencia, seguro estatal por discapacidad (SDI) o licencia familiar pagada, que he recibido
desde el comienzo de la pandemia de COVID-19 no compensa completamente mi pérdida de ingresos
y / o mayores gastos.
Firmado bajo pena de perjurio bajo las leyes del Estado de California.
Firma
___________________
Con fecha de
___________________ ”
Protecciones adicionales relacionadas con la imposibilidad de pagar el alquiler
Cargos por mora : El propietario / administrador de la propiedad no puede cobrar cargos por mora en el alquiler que venció entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 si el inquilino envía al propietario una Declaración de Impacto Económico de Covid-19.
Depósitos de seguridad: su depósito de seguridad no se puede utilizar para pagar la deuda de alquiler acumulada debido a los impactos financieros relacionados con el covid, a menos que acepte por escrito que el propietario / administrador de su propiedad puede hacerlo.
Cobro de la deuda de alquiler: si tiene una deuda de alquiler pendiente entre el 1/3/2020 y el 30/6/2021 y no puede obtener asistencia estatal para pagarla, el propietario / administrador de su propiedad puede intentar cobrarla a través de un reclamo menor. caso de Corte. Si ganan y usted aún no puede pagar, es posible que se les restrinja la venta de su deuda según sus ingresos durante 2020 y 2021.